El contribuyente extranjero —propietario de un inmueble declarado Monumento Nacional en el corazón de la comuna capitalina— intervino la fachada de la edificación instalando dos ventanas de tragaluz en esa estructura de la casa protegida fuertemente por la institucionalidad respectiva. Vecinos acusan la complicidad y la obsecuencia de la presidenta del comité de administración de la Ex Población William Noon, el condominio donde ocurrió el ilícito, y el cual transgrede abiertamente la Ley Nº 17.288 y sus normas relacionadas.
Por Cine y Literatura
Publicado el 28.7.2018
El día viernes 29 de junio, el Primer Juzgado de Policía Local de Providencia —de acuerdo a la recomendación del Departamento de Edificación de la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de esa comuna— sancionó al propietario del inmueble ubicado en calle Alberto Magno Nº 1370, el ciudadano francés residente en Chile, Loïc Prado con una multa de 30 UTM (Unidad Tributaria Mensual) en primera instancia, por realizar ampliaciones en su residencia sin el permiso municipal correspondiente y necesario.
Inclusive, dicho contribuyente —quien vive en el país hace siete años— alteró y modificó la fachada de esa casa, transgrediendo abiertamente las disposiciones contenidas en la Ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales y sus normas relacionadas, añadiendo dos ventanas de «tragaluz» en esa zona estructural de su bien raíz protegida doblemente por el corpus ya anotado y por el mismo Reglamento de Copropiedad Inmobiliaria del Condominio Ex Población William Noon en calles Alberto Magno, Manuel Montt y Eliodoro Yáñez, diseñado y construido por los famosos arquitectos chilenos Ricardo Larraín Bravo y Víctor Jiménez Cruz, en 1928, hace casi 100 años.
Es de notar, que el propietario de la casa mencionada —ubicada en la vereda norte de la calle Alberto Magno— habilitó una mansarda ya terminada, concluida y edificada a esta fecha en el entretecho de su domicilio, sin ningún tipo de permiso ni de trámite administrativo iniciados ante la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Providencia, y que recién se encuentra en la etapa de levantamiento de planos ante la autoridad respectiva.
Y nótese que fue sancionado con una multa notoriamente menor a la que le fue impuesta arbitraria y onerosamente a otra vecina del lugar durante el mes de abril de este año, a quien al momento de cursársele una fuerte infracción de 50 UTM tenía y exhibía cumplidos la totalidad de las objeciones técnicas observadas por el Departamento de Edificación, a excepción del permiso de la comunidad (lo cual corresponde a un trámite esencialmente burocrático).
Un requisito legal que debería otorgársele a través de la votación de una asamblea extraordinaria que no se ha realizado, pese a los llamados formales y legales efectuados insistentemente por ella ante el comité de administración y frente al mismo Primer Juzgado de Policía Local de Providencia.
Los vecinos del sector denuncian la instrumentalización —por parte de la presidenta del comité de administración del condominio, Florinda Vergara Pacheco— a fin de conceder las autorizaciones respectivas de los mencionados altillos en las discutidas y polémicas asambleas extraordinarias, según sus simpatías y conveniencias personales.
Ante esos controversiales hechos, los comuneros del condominio Ex Población William Noon exigen rápidamente la remoción de la cuestionada dirigenta vecinal y solicitan el pronunciamiento inmediato del Consejo de Monumentos Nacionales de Chile, un ente de carácter estatal y encargado por ley de resguardar a estos conjuntos, por lo que actualmente ocurre en la descrita Zona Típica, una de las ocho de ese exclusivo y escaso tipo con las que cuenta la tradicional comuna metropolitana de Providencia.
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Crédito de las fotografías utilizadas: Consejo de Monumentos Nacionales de Chile.